ACCIDENTES PERSONALES
¿CÓMO ES LA COBERTURA?
• Son asegurables las personas comprendidas entre los 14 y 65 años de edad.
• Con un seguro de accidentes personales, el asegurado estará cubierto ante los riesgos generados a consecuencia de accidente, en el lugar donde se encuentre.
• Las personas asegurables pueden contratar la cobertura de riesgos básicos y adicionales.
RIESGOS BÁSICOS
• Muerte por accidente.
• Invalidez total o parcial permanente por accidente.
LÍMITE DE PERMANENCIA EN PÓLIZA
• Cualquier asegurado sea titular o cónyuge, podrá estar amparado por esta cobertura, hasta el momento de cumplir los 65 años de edad.
BENEFICIARIOS
• En caso de fallecimiento, la indemnización será abonada a los beneficiarios designados. De no existir éstos o la designación sea ineficaz, a los herederos legales.
TIPO DE CONTRATACIÓN
• Accidentes durante las 24 horas, los 365 días del año.
Seguro de vida obligatorio: Cubre la vida de todos los empleados en relación de dependencia.
- Tomador: el empleador responsable del pago.
- Asegurados: los empleados – empleadas domésticas.
- Beneficiarios: el designado por el asegurado o a los herederos legales.